Resumen integral de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Dr. José Antonio Villalobos López
Resumen
El objetivo de este trabajo es analizar la estructura de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), así como proporcionar una descripción de cada uno de sus artículos, resaltando las veces que se hace referencia a los términos “economía” y “económico” (singular y plural). Se sigue una metodología lógica y en concreto el método sintético, con un enfoque cualitativo. La CPEUM se estructura en nueve títulos y se compone de 136 artículos, de los cuales han sufrido mayores modificaciones los artículos: 73 (10.7 % del total); 123 (3.8 %), 27 (2.7 %); 4 y 89 (2.5 %); 107 (2.4 %); 74 y 76 (2.2 %). El término “economía” se menciona ocho veces en la CPEUM y el término “económico”, 52 ocasiones.
Palabras clave: constitución, derecho constitucional, legislación económica, responsabilidad del Estado.
Abstract: The aim of this paper is to analyse the structure of the Political Constitution of the United Mexican States (CPEUM), as well as to provide a description of each of its articles, highlighting the times when the terms “economy” and “economic” (singular and plural) are referred to. A logical methodology is followed, the synthetic method, with a qualitative approach. The CPEUM is structured in nine titles and consists of 136 articles, of which the following articles have undergone major modifications: 73 (10.7% of the total); 123 (3.8%), 27 (2.7%); 4 and 89 (2.5%); 107 (2.4%); 74 and 76 (2.2%). The term “economy” is mentioned 8 times in the CPEUM and the term “economic” 52 times.
Introducción
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos CPEUM) es considerada la ley de leyes o ley suprema, o norma fundamental de cada país; también es conocida como carta magna. La Constitución es un concepto inherentemente ligado a la soberanía, por lo cual se considera que al ser la norma suprema puede derivar y darles validez a otras leyes secundarias.
En ese sentido, Ursúa Remírez (2008, 7) contempla que la Constitución es una norma superior en relación con normas inferiores que derivan de ella. Para Hans Kelsen, la Constitución es la ley suprema, ya que no deriva de otra ley ni obedece a otras normas jurídicas nacionales, por lo cual Cossío Díaz (1997, p. 36; Valero, 2008, p. 16) la denominó norma fundante básica. Roberto Gargarella (citado en Burgos, 2017, p. 42) identifica dos características fundacionales
de la Constitución (autonomía y autogestión), al tiempo que identifica tres modelos o posiciones constitucionales: conservadora, republicana y liberal.
El objetivo de este ensayo es analizar la estructura de la CPEUM y proporcionar una breve descripción de cada uno de los 136 artículos que la componen, así como resaltar las reformas experimentadas en cada numeral, haciendo referencia a los términos “economía” y “económico” (singular y plural). Para ello se buscó dar respuesta a las preguntas: ¿cuál es la estructura de la CPEUM y qué plantea en forma resumida cada uno de sus artículos?, ¿cuántas reformas y cuáles artículos han sido reformados desde la promulgación de la CPEUM en 2017? y ¿cuántas veces se repiten los términos economía y económico en la CPEUM?
Un aspecto fundamental que está inmerso dentro de la CPEUM es el ámbito económico, que se refleja en la recurrente utilización de los términos “economía” y “económico” (en sus aspectos singular y plural). Un tema de actualidad, que se definió en los primeros diez días de diciembre de 2024, es el que se refiere a la supresión de los órganos constitucionales autónomos, modificaciones que hasta el 15 de diciembre de 2015 no habían sido publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
Metodología
En el campo jurídico, se han reconocido dos grandes grupos de métodos de investigación: teóricos y empíricos (Martínez, 2023, 2). Los métodos teóricos tienen como finalidad entender las relaciones y cualidades esenciales observadas en los objetos de estudio, los cuales se sustentan en procesos relacionados con la abstracción y la síntesis, con la deducción y la inducción; en contraste, los métodos empíricos tienen como finalidad confirmar o rechazar una hipótesis de trabajo, siendo utilizados mediante la observación, experimentación o en cuestionarios (entrevistas o encuestas).
Dentro del grupo de métodos teóricos, Martínez Montenegro (2023, 3) distingue el método lógico, en el que uno de sus componentes es la síntesis, la cual será usada en este trabajo, que ha de permitir resumir elementos o conceptos para lograr la comprensión de la estructura del texto constitucional. De igual manera, se sigue un enfoque cualitativo, el cual según Taylor y Bogdan (1984, citado en Guzmán, 2021, 23-24) aborda la realidad en forma inductiva para llegar a comprenderla y explicarla, donde no se evalúan ni se construyen modelos o hipótesis preconcebidas, lo que la convierte en una estructura que otorga mayor flexibilidad para el investigador.
Desarrollo
La CPEUM define la estructura y el funcionamiento del Estado mexicano, así como los derechos y obligaciones de los ciudadanos. La CPEUM ha resultado una herramienta clave para la consolidación y el desarrollo económico-social que se ha logrado en la nación. De acuerdo con Jorge Carpizo (1996, 62, citado por Valero, 2008, 57), la CPEUM se puede abordar desde dos puntos de vista: 1. Según quien realiza el estudio (legislativo, administrativo, doctrinal y popular); 2. Por su contenido (gramatical, histórico, político y económico). En este enfoque se abordará una visión legislativa con breves elementos económicos.
Para darle lógica, reordenación y evitar duplicidades en la CPEUM, en agosto de 2016, Fix y Valadés (2017, 28-29) consideraron un proyecto para su reestructuración, tomando en cuenta que el texto constitucional en esa fecha contenía 65 368 palabras (excluyendo encabezados), por lo cual en su consideración deberían anularse y suprimirse poco más de 15 mil palabras (23.2 % del total), con lo cual la CPEUM debería contar con 50 141 palabras.
Estructura de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Título primero. Conformado por cuatro capítulos: Capítulo I. De los derechos humanos y garantías: artículos 1 a 29. Capítulo II. De los mexicanos: artículos 30 a 32. Capítulo III. De los extranjeros: artículo 33. Capítulo IV. De los ciudadanos mexicanos: artículos 34 a 38.
- Título segundo. El cual se divide en dos capítulos: Capítulo I. Soberanía nacional y forma de gobierno: artículos 39 a 41. Capítulo II. Integrantes de la federación y el territorio nacional: artículos 42 a 48.
- Título tercero. El cual se clasifica en cuatro capítulos: Capítulo I. De la división de poderes: artículo 49. Capítulo II. Del poder legislativo: artículo 50. Sección I. Elección e instalación del Congreso: artículos 51 a 70. Sección II. De la iniciativa y formación de leyes: artículos 71 y 72. Sección III. De las facultades del Congreso: artículos 73 a 77. Sección IV. De la Comisión Permanente: artículo 78. Sección V. De la fiscalización superior de la federación: artículo 79. Capítulo III. Del poder ejecutivo: artículos 80 a 93. Capítulo IV. Del poder judicial: artículos 94 a 107.
- Título cuarto. Responsabilidades de los servidores públicos o particulares que cometan faltas administrativas graves o hechos de corrupción contra el Estado: artículos 108 a 114.
- Título quinto. Estados de la federación y Ciudad de México: artículos 115 a 122.
- Título sexto. Del trabajo y de la previsión social: artículo 123.
- Título séptimo. Prevenciones generales: artículos 124 a 134.
- Título octavo. De las reformas a la Constitución: artículo 135.
- Título noveno. De la inviolabilidad de la Constitución: artículo 136. Transitorios. Artículos 1 a 19.
En la siguiente tabla se resumen los 136 artículos de la CPEUM.
1 | Derecho a la libertad. En el país todas las personas gozarán de los derechos humanos. Se prohíbe la esclavitud en el país y todo tipo de trato discriminatorio. |
2 | Derecho de población indígena. La nación mexicana es única e indivisible, presentando composición multicultural y tiene su origen en sus pueblos indígenas. |
3 | Derecho a la educación. Los mexicanos deberán recibir educación laica, gratuita y de calidad. El Estado se encargará de impartirla y regularla en sus diferentes niveles. |
4 | Derecho a la igualdad. Paridad del hombre y la mujer ante la ley. Establecimiento para la familia de derechos sociales (salud, vivienda, alimentación y esparcimiento). |
5 | Derecho al trabajo. A ninguna persona se le podrá prohibir dedicarse a la profesión, comercio o trabajo que le satisfaga y sea lícito. |
6 | Libertad de expresión. Derecho a manifestación de ideas y garantiza servicios digitales. |
7 | Libertad de prensa. No se puede violar la libertad de expresión y difusión de ideas y opiniones. |
8 | Derecho de petición. Para solicitar información pública a diferentes gobiernos. |
9 | Derecho de asociación o de reunión. Que ha de realizarse en forma pacífica y para fines lícitos. |
10 | Derecho de posesión de armas en el domicilio, para guardar su seguridad y legítima defensa. |
11 | Derecho a la libertad de tránsito en todo el territorio nacional y el derecho de asilo político. |
12 | Prohibición de reconocimiento de títulos de nobleza en el país. |
13 | Prohibición de ser juzgado por leyes exclusivas o tribunales privativos. |
14 | Prohibición de aplicación de la ley en forma retroactiva ni en perjuicio de ninguna persona. |
15 | Prohibición de extradición de presos políticos o quien mantenga condición de esclavitud. |
16 | Garantía de legalidad. Nadie puede ser molestado en su persona, domicilio o posesiones o familia, sino por un mandamiento girado por autoridad competente. |
17 | Garantía de justicia gratuita y expedita. Nadie puede ser aprisionado por deudas civiles. |
18 | Garantías de presos sentenciados. La prisión es exclusiva para delitos penales. |
19 | Garantías del procedimiento penal para el indiciado. La detención judicial no podrá durar más de 72 horas sin causa legal. |
20 | Garantías del procedimiento penal para acusados y víctimas. El proceso será acusatorio y oral. |
21 | Garantías del procedimiento penal en el juicio. La imposición de las penas concierne a la autoridad judicial y la investigación de los delitos, al Ministerio Público. |
22 | Prohibición de la pena de muerte y castigos físicos (mutilación y tormentos), la confiscación de bienes y las multas excesivas. |
23 | Garantías de que el juicio criminal no tendrá más de tres instancias. Ninguna persona puede ser juzgada dos veces por el mismo delito. |
24 | Libertad de culto. Toda persona tiene derecho a libertad de culto o religiosa de su preferencia. |
25 | Rectoría económica del Estado para garantizar un desarrollo nacional, integral, sustentable y que fortalezca la soberanía de la nación. |
26 | Planeación del desarrollo. El Estado deberá promover un sistema de planeación para el desarrollo nacional; se deberá contar con un sistema de información estadística. |
27 | Propiedad de tierras, aguas y recursos naturales. Corresponden originalmente a la nación y esta puede transmitir el dominio a los particulares (propiedad privada). |
28 | Prohibidas actividades monopólicas. También se prohíbe la exención y condonación de impuestos. Se castigará rigurosamente la concentración o acaparamiento. |
29 | Suspensión de las garantías individuales. Solo el presidente de la república podrá suspenderlos en casos extremos y cuando tenga aprobación del Congreso de la Unión. |
30 | Nacionalidad mexicana. Alcanzada por nacimiento o naturalización. |
31 | Obligaciones de los mexicanos. Resaltando la contribución para los gastos públicos de manera proporcional en su municipio, estado y país. |
32 | Derechos de los mexicanos. Entre otros serán preferidos para concesiones y cargos públicos. |
33 | Derechos y obligaciones de extranjeros. No podrán participar en asuntos políticos. |
34 | Ciudadanos mexicanos. Serán las personas que tengan más de dieciocho años cumplidos y que tengan un modo honesto de vivir. |
35 | Derechos de los ciudadanos. Para cargos de elección y para ejercer el voto, de asociarse, de petición, entre otros. |
36 | Obligaciones de los ciudadanos. Inscribirse en registros electorales, en el catastro, entre otros. |
37 | Pérdida de ciudadanía. Ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad. |
38 | Suspensión de derechos o prerrogativas. Casos en que aplican para ciudadanos mexicanos. |
39 | Soberanía nacional. Pertenece en esencia y originalmente al pueblo, el cual tiene en todo el lapso el derecho de alterar o modificar su forma de gobierno. |
40 | Conformación de república. La cual será representativa, democrática y federal, compuesta por estados libres y soberanos, unidos en una federación. |
41 | Poderes de la Unión. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes legislativo y ejecutivo, los cuales surgirán de elecciones libres. |
42 | Territorio nacional. Comprende islas, mares adyacentes, aguas y plataformas continentales. |
43 | La federación estará integrada por 31 estados y la Ciudad de México. |
44 | Sede de los poderes. La Ciudad de México es capital del país y sede de los poderes de la Unión. |
45 | Los estados de la federación guardan la extensión y límites que tienen actualmente. |
46 | Entidades federativas. En caso de disputas, podrán arreglarse con aprobación del Senado. |
47 | El estado de Nayarit y su extensión territorial. |
48 | Las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes dependerán de la federación. |
49 | División de poderes. El supremo poder de la federación se divide en legislativo, ejecutivo y judicial. No podrán concentrarse dos o más poderes en una sola persona. |
50 | Poder legislativo. Se integra en un Congreso General, componiéndose por dos cámaras: Diputados y Senadores. |
51 | Cámara de Diputados. Miembros que representan a la nación, electos cada tres años. |
52 | Composición de Cámara de Diputados. En total 500 elementos (300 de mayoría relativa y 200 de representación proporcional). |
53 | Demarcaciones territoriales para diputaciones de mayoría relativa. Por cada diputado propietario se elegirá un suplente por votación. |
54 | Elección de diputados de representación proporcional (por porcentaje de votos). |
55 | Requisitos para diputado: ciudadano mexicano, 21 años y ser originario del estado. |
56 | Cámara de Senadores. Se integrará por 128 miembros (dos por cada entidad electos por mayoría relativa y dos conforme a representación proporcional). |
57 | Por cada senador propietario se elegirá un suplente. |
58 | Requisitos para senador: los mismos requisitos que para ser diputado, pero con 25 años cumplidos. |
59 | Reelección de diputados y senadores. Los primeros podrán ser electos hasta por cuatro períodos contiguos, mientras los segundos por dos períodos seguidos. |
60 | Declaración de validez de diputados y senadores. El Instituto Nacional Electoral la declarará. |
61 | Opiniones de diputados y senadores. Cuando desempeñen sus cargos, sus manifestaciones serán inviolables, gozando de fuero constitucional. |
62 | Los diputados y senadores propietarios no podrán ocupar otro empleo durante su encargo. |
63 | Las cámaras de Diputados y Senadores solo pueden abrir sesiones con 50 % de sus miembros. |
64 | Los diputados y senadores que no concurran a alguna sesión no tendrán derecho a la dieta. |
65 | El primero de septiembre de cada año se efectuará la primera reunión del Congreso. |
66 | Duración del período de sesiones ordinarias. |
67 | El Congreso tendrá sesión extraordinaria cada vez que convoque la Comisión Permanente. |
68 | Las dos cámaras del Congreso (Diputados y Senadores) tendrán sesiones en un solo sitio. |
69 | En la apertura de sesiones ordinarias del Congreso, el presidente de la república presentará un informe por escrito del estado de su administración. |
70 | Las resoluciones del Congreso tendrán distintivo de ley o decreto. |
71 | Las leyes o decretos se iniciarán por iniciativas del presidente de la república o por propuestas de diputados, senadores y legislaturas de los estados. |
72 | En general, todo proyecto de ley o decreto se discutirá en ambas cámaras. |
73 | Facultades del Congreso: imponer las contribuciones para cubrir el presupuesto público, para expedir las leyes nacionales y declarar la guerra a otra nación. |
74 | Facultades exclusivas de la Cámara de Diputados. Donde destaca aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación y revisar la Cuenta Pública federal. |
75 | Aprobación del presupuesto por la Cámara de Diputados. Deberá señalar la retribución que corresponda a empleos establecidos en la ley. |
76 | Facultades exclusivas de la Cámara de Senadores. Enfatiza el análisis de la política exterior y la ratificación de nombramientos de funcionarios públicos. |
77 | Cada una de las cámaras puede aprobar su reglamento interior respectivo. |
78 | Comisión Permanente. En los recesos del Congreso se nombrará una Comisión Permanente compuesta por 37 miembros (18 senadores y 19 diputados). |
79 | Fiscalización de la Cuenta Pública. La Cámara de Diputados contará con una Auditoría Superior de la Federación, que dispondrá de autonomía técnica y de gestión. |
80 | El poder ejecutivo se concentrará en una persona, a quien se le denominará “presidente de los Estados Unidos Mexicanos”. |
81 | La elección del presidente será por voto directo. El encargo de presidente podrá ser revocado. |
82 | Requisitos para ser presidente: ciudadano mexicano por nacimiento, 35 años y residencia. |
83 | Duración del mandato presidencial: seis años y entrará a ejercer su encargo el primero de octubre. En ningún caso podrá volver a desempeñar ese puesto. |
84 | Ausencia del presidente. Asumirá provisionalmente el secretario de Gobernación. |
85 | Presidente interino. Si la elección no es validada, se cesará al presidente en turno. |
86 | El cargo de presidente es irrenunciable. Solo por causa grave que será calificada por el Congreso. |
87 | El presidente, al tomar posesión de su cargo, expresará solemnemente ante el Congreso de la Unión: “Protesto guardar y hacer guardar la Constitución…”. |
88 | El presidente de la república podrá ausentarse del territorio nacional hasta por siete días. |
89 | Facultades y obligaciones del presidente. Destaca el nombrar a los secretarios de Estado. |
90 | La administración pública federal será centralizada y paraestatal. |
91 | Los requisitos para ocupar Secretaría de Estado: mexicano por nacimiento y tener 25 años. |
92 | Los reglamentos, decretos y acuerdos del presidente deberán estar signados por un secretario de Estado para tener legalidad. |
93 | Los secretarios de Despacho darán cuenta al Congreso del curso que guarden sus ramos. |
94 | Poder Judicial de la Federación: Suprema Corte de Justicia, Tribunal Electoral, tribunales colegiados y unitarios de circuito; y juzgados de distrito. |
95 | Requisitos para ser ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). |
96 | Nombramiento de ministro de SCJN. El presidente envía una terna y el Senado elige a uno. |
97 | Consejo de la Judicatura Federal. Elegirá a los magistrados de circuito y los jueces de distrito. |
98 | Los ministros numerarios de la Corte serán suplidos temporalmente por los supernumerarios. |
99 | El Tribunal Electoral del Poder Judicial será la máxima autoridad jurisdiccional en la materia. |
100 | El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial tendrá independencia técnica y de resolución. |
101 | La alta jerarquía del poder judicial federal no podrá desempeñar otro empleo o cargo. |
102 | El Ministerio Público de la Federación se reestructura en una Fiscalía General de la República. |
103 | Los tribunales de la federación resolverán controversias de derechos humanos y disputas entre ámbitos de gobierno (soberanía estatal). |
104 | Los tribunales federales juzgarán delitos de ese orden, aunando disputas civiles y mercantiles. |
105 | La SCJN resolverá controversias entre ámbitos de gobierno o entre poderes. |
106 | El Poder Judicial Federal dirimirá conflictos entre diferentes tribunales federales o estatales. |
107 | Procedimiento del amparo. Se promulgará la ley reglamentaria de la materia. |
108 | Funcionarios públicos: personas electas o no, que desempeñen un empleo o cargo en la administración pública, en el Congreso de la Unión o en el poder judicial. |
109 | Sanciones a servidores públicos. Dictadas por el Congreso de la Unión o legislaturas locales. |
110 | Juicio político. De aplicación para representantes de los poderes legislativo, judicial y ejecutivo. |
111 | Actuación penal para representantes de los poderes. La Cámara de Diputados, su procedencia. |
112 | No se requiere la declaración de procedencia cuando un servidor público no ocupa su cargo. |
113 | Sistema Nacional Anticorrupción. Se coordinarán las autoridades para prevenirla y detectarla. |
114 | El procedimiento de juicio político aplica en el período que ocupe un cargo y un año después. |
115 | Las entidades federativas acogerán la forma de gobierno republicano, representativo y popular, sustentando como base de su organización al municipio libre. |
116 | Poderes estatales. Dividido en ejecutivo, legislativo y judicial, conforme a su Constitución local. |
117 | Prohibiciones para los Estados. Celebrar alianzas con extranjeros, emitir papel moneda, etc. |
118 | Tampoco pueden tener tropas ni declarar la guerra sin autorización del Congreso de la Unión. |
119 | Los poderes de la Unión protegerán a los estados en caso de invasión o violencia del exterior. |
120 | Los gobernadores están obligados a publicar y hacer cumplir las leyes de orden federal. |
121 | En todas las entidades federativas se dará fe y crédito de los actos legales de sus semejantes. |
122 | La Ciudad de México goza de autonomía para su organización política y administrativa. |
123 | Derecho al trabajo digno y socialmente útil, para lo cual se promoverá la creación de empleos. Comprende todo lo referente al derecho laboral. |
124 | Facultades que no están concedidas a la federación se reservan para los estados. |
125 | Ninguna persona desempeñará dos cargos federales a la vez ni cargos estatales simultáneos. |
126 | No podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido dentro del presupuesto federal. |
127 | Los servidores públicos percibirán una remuneración adecuada por sus funciones realizadas. |
128 | El funcionario público antes de tomar posesión de su cargo protestará cumplir la Constitución. |
129 | En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones civiles. |
130 | Separación del Estado y las iglesias, lo cual se considera principio histórico del siglo XIX. |
131 | Gravámenes a actos de exportación. La federación es la encargada de imponerlos. |
132 | Los fuertes, cuarteles y almacenes de depósito estarán sujetos a jurisdicción federal. |
133 | La Constitución, las leyes federales y los tratados internacionales de derechos humanos que México firme regirán en toda la nación. |
134 | Los recursos públicos se administrarán con eficacia, economía, transparencia y honradez. |
135 | Adiciones y reformas a la Constitución. Se realizarán cuando dos terceras partes del Congreso voten a su favor. |
136 | La Constitución no perderá fuerza aun cuando se presentasen circunstancias extraordinarias. |
Fuente: elaboración propia con base en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (2024) y Villalobos López, A. (2020). Visión económica de la Constitución Política mexicana, pp. 4-10. |
Tabla 1. Resumen y descripción de los 136 artículos de la CPEUM.
Resultados
La CPEUM se promulgó el 5 de febrero de 1917. Está conformada por nueve títulos y 136 artículos principales, contando con 19 artículos transitorios. Del 1 de diciembre de 1920 hasta el 30 de septiembre de 2024, de acuerdo con la Cámara de Diputados (2024), se han llevado a cabo 824 reformas a la CPEUM, de las cuales 809 corresponden a reformas de los artículos principales y 15 reformas a los numerales transitorios. Hasta el 2 de diciembre de 2024 (Cámara de Diputados, 2024), los artículos que más reformas han sufrido son los siguientes:
- Artículos 4 y 89: 21 ocasiones (2.5 % del total de reformas cada uno).
- Artículo 27: 22 reformas (2.7 %).
- Artículo 73: 88 veces (10.7 %).
- Artículos 74 y 76: 18 veces (2.2 %, respectivamente).
- Artículo 107: 20 ocasiones (2.4 %).
- Artículo 123: 31 ocasiones (3.8 %).
De acuerdo con esta información, el artículo 73 de la CPEUM, que se refiere a las facultades del Congreso de la Unión (cámaras de Diputados y Senadores), es el que ha sufrido más modificaciones en el último siglo. Se puede afirmar que una de cada diez reformas constitucionales fue realizada al artículo 73 de la carta magna. Se ubica en la segunda posición el artículo 123, que aborda el derecho al trabajo o laboral.
Por períodos presidenciales, estas son las reformas que se han efectuado a la CPEUM, destacando los últimos ocho períodos sexenales:
- Claudia Sheinbaum. Octubre de 2024 a 2 de diciembre de 2024: 19 artículos (2.3 %).
- A. López Obrador. Diciembre de 2018 a septiembre de 2024: 96 artículos (11.7 %).
- Enrique Peña. Diciembre de 2012 a noviembre de 2018: 156 artículos (18.9 %).
- Felipe Calderón. Diciembre de 2006 a noviembre de 2012: 110 artículos (13.3 %).
- Vicente Fox. Diciembre de 2000 a noviembre de 2006: 31 artículos (3.8 %).
- E. Zedillo Ponce. Diciembre de 1994 a noviembre de 2000: 78 artículos (9.5 %).
- Carlos Salinas. Diciembre de 1988 a noviembre de 1994: 55 artículos (6.7 %).
- Miguel de la Madrid. Diciembre de 1982 a noviembre de 1988: 66 artículos (8 %).
- Períodos anteriores. Diciembre de 1920 a noviembre de 1982: 213 artículos (25.8 %).
Transcurridos sesenta y dos años (1920 a 1982), se efectuó una cuarta parte de las reformas a la CPEUM, lo cual significa que se consumaron 3.4 reformas promedio por cada año transcurrido en este lapso. Donde más reformas constitucionales se verificaron fue en el sexenio de Peña Nieto, con media aritmética de 26 reformas por cada año, seguido por el periodo sexenal de Felipe Calderón, donde en promedio se realizaron 18.3 reformas por año.
Menciones de términos “economía” y “económico” en la Constitución En la revisión realizada a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM, 2024), de los 136 artículos, se pudo ubicar ocho veces la mención del término “economía”, tanto en singular como en plural, que se ubican en los siguientes:
- Artículo 2. Una mención en el apartado “B”, fracción I.
- Artículo 25. Una alusión en el párrafo séptimo.
- Artículo 26. Una mención en el apartado “A”.
- Artículo 28. Una alusión en el párrafo tercero.
- Artículo 123. Una mención en su fracción IX del apartado “A”, inciso “b”.
- Artículo 131. Una alusión en el párrafo tercero.
- Artículo 134. Dos menciones: párrafo primero y párrafo cuarto.
En cuanto al término “económico” en sus diferentes modalidades (en su género gramatical masculino o femenino y en su clase singular o plural), se ubicaron cincuenta y ocho veces en la CPEUM (2024), presentándose en los siguientes artículos base:
- Artículo 2. Cuatro menciones: 1. Párrafo primero; 2. Párrafo tercero; 3. En el apartado “A”, fracción I; 4. En el apartado “B”, fracción VII.
- Artículo 3. Cuatro evocaciones: 1. Fracción II, inciso “a”; 2. Fracción II, inciso “b”; 3. Fracción II, inciso “e”; 4. Fracción VIII.
- Artículo 4. Dos menciones: 1. En el párrafo decimocuarto; 2. En el párrafo décimo octavo.
- Artículo 25. Ocho evocaciones: 1. Dos menciones en el párrafo primero; 2. En el párrafo segundo; 3. En el párrafo tercero; 4. En el párrafo cuarto; 5. En el párrafo octavo; 6. Dos menciones en el párrafo noveno.
- Artículo 27. Cuatro menciones: 1. En el párrafo tercero; 2. Tres evocaciones en el párrafo noveno.
- Artículo 28. Trece alusiones: 1. Dos menciones en el párrafo decimocuarto; 2. Dos menciones en el párrafo décimo sexto; 3. En el párrafo décimo octavo; 4. En el párrafo vigésimo; 5. En el párrafo vigésimo segundo; 6. Dos menciones en el párrafo vigésimo segundo (fracción VII); 7. En el párrafo vigésimo octavo; 8. Dos menciones en el párrafo trigésimo (fracción V y fracción VIII); 9. En el párrafo trigésimo primero.
- Artículo 41. En la fracción II, inciso “b”.
- Artículo 73. Tres menciones: 1. En la fracción
XXV; 2. En la fracción XXIX-D; 3. En la fracción XXIX-E. - Artículo 76. En la fracción II.
- Artículo 77. En la fracción I.
- Artículo 89. En la fracción III.
- Artículo 94. En el párrafo sexto.
- Artículo 109. Cuatro alusiones: 1. Dos menciones en la fracción III; 2. Dos en la fracción IV.
- Artículo 111. Dos menciones: 1. En el penúltimo párrafo; 2. En el último párrafo.
- Artículo 115. En la fracción III, inciso “i”.
- Artículo 116. En la fracción VII.
- Artículo 123. Cuatro menciones: 1. Dos alusiones en el apartado “A” en su fracción VI, párrafos primero y segundo; 2. En la fracción XXXI, inciso “b”, punto tres; 3. En el apartado “B”, en la fracción XI, inciso “e”.
- Artículo 134. Tres alusiones: 1. En el párrafo primero; 2. En el párrafo segundo; 3. En el párrafo quinto.
En los primeros días de diciembre de 2024, se informó que la Cámara de Diputados (Sistema Mexiquense de Medios Públicos, 2024) declaró la validez constitucional que desaparece algunos de los órganos autónomos, entre los que se encuentran el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL). En vista de que el Congreso de la Unión (Cámara de Diputados y Senadores) y más de 21 congresos de las entidades federativas lo aprobaron, faltando solo su aprobación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que no ha sido publicado hasta el 15 de diciembre de 2024. Con estas modificaciones se espera que haya modificaciones en los términos “economía” y “económico”, que son referidos en la CPEUM.
Se tiene conocimiento de que la IFT y la COFECE se fusionarán en un solo organismo regulatorio, que será un órgano descentralizado dependiente del ejecutivo federal (Secretaría de Economía), el cual tendrá como función primordial promover y garantizar que exista competencia en todos los mercados y que no se constituyan situaciones monopólicas que perjudiquen en última instancia al consumidor. El CONEVAL se habrá de integrar al Instituto de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), con lo cual a este último se le adicionará la tarea de medición de la pobreza en el país y de promover las políticas públicas que han de combatir ese lastre nacional (la pobreza).
Conclusión
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) es un texto dinámico, que ha evolucionado durante más de un siglo, producto de las aspiraciones y necesidades de la sociedad nacional. La CPEUM contempla un enfoque basado en los derechos humanos y pretende concretar la justicia social. En este breve espacio se proporciona la estructura de la carta magna y se detalla cada uno de los 136 artículos que la componen. Desde 1917 hasta el 2 de diciembre de 2024, los artículos constitucionales que más reformas han sufrido son los siguientes: 88 veces el artículo 73 (10.7 % del total); 31 ocasiones el artículo 123 (3.8 %); 22 reformas al artículo 27 (2.7 %); 21 ocasiones a los artículos 4 y 89 (2.5 %, respectivamente); 20 veces el artículo 107 (2.4 %); 18 reformas a los artículos 74 y 76 (2.2 % cada uno).
El análisis de la CPEUM revela que los términos “economía” y “económico” (en singular y plural) aparecen en forma recurrente dentro del texto constitucional, con lo cual se refleja la importancia que le concede a esta dimensión económica. El término “economía” se menciona ocho veces en el texto constitucional, mientras que el término “económico”, en sus diferentes modalidades (género gramatical masculino o femenino y en su clase singular o plural), se ubicó cincuenta y ocho veces en la CPEUM. Falta precisar cuántos de estos términos se eliminarán con la supresión de los órganos constitucionales autónomos, en función de que no han sido publicadas las reformas en el Diario Oficial de la Federación.
Referencias
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