La perspectiva de género interseccional
Escrito por Dra. María Leticia Engracia Pérez Rivera
Resumen
La lucha de las mujeres por su emancipación ha generado importantes herramientas teórico-metodológicas para el análisis y comprensión de la complejidad de la opresión, violencia y discriminación de la que han sido objeto históricamente, así como para la construcción de políticas públicas y marcos normativos para la erradicación de estos fenómenos sociales. Tal es el caso de la interseccionalidad, como categoría de análisis que permite develar las dimensiones de la desigualdad y perfilar acciones para el cierre de brechas en el ejercicio de los derechos y el acceso a los beneficios del desarrollo sostenible, por toda la población en condiciones de igualdad.
Introducción
Para trabajar a favor de la igualdad sustantiva es necesario tener presente cómo las diferentes formas de discriminación, dominación y opresión se superponen frente a la diversidad social, profundizando las brechas sociales y económicas. Esto conlleva la necesidad de aprender una forma particular de abordaje e interpretación del fenómeno de la desigualdad, comprendiendo que todas las personas estamos en alguna posición, ya sea de dominio u opresión y se nos clasifica en determinada clase social, género o raza.
En el mismo sentido, la pertenencia a determinados grupos sociales, oprimidos, dominados o discriminados se suma; estas formas de exclusión se entrecruzan y superponen, agudizando las brechas de desigualdad, por lo que el análisis de esta no puede darse separando cada forma de marginación, sino desde su intersección. La perspectiva de género interseccional favorece el análisis social y económico en su complejidad, permitiendo así que las estrategias de intervención para el logro de la igualdad sean situadas en su contexto, atendiendo la realidad histórica, cultural y material de las poblaciones a quienes va dirigida.
Desarrollo
El concepto de interseccionalidad
La lucha de las mujeres por su emancipación ha generado importantes herramientas teórico-metodológicas para el análisis y comprensión de la complejidad de la opresión, violencia y discriminación de la que han sido objeto históricamente, así como para la construcción de políticas públicas y marcos normativos para la erradicación de estos fenómenos sociales. Tal es el caso de la interseccionalidad, como categoría de análisis que permite develar las dimensiones de la desigualdad y perfilar acciones para el cierre de brechas en el ejercicio de los derechos y el acceso a los beneficios del desarrollo sostenible, por toda la población en condiciones de igualdad.
En el mismo sentido, la pertenencia a determinados grupos sociales, oprimidos, dominados o discriminados se suma; estas formas de exclusión se entrecruzan y superponen, agudizando las brechas de desigualdad, por lo que el análisis de esta no puede darse separando cada forma de marginación, sino desde su intersección. La perspectiva de género interseccional favorece el análisis social y económico en su complejidad, permitiendo así que las estrategias de intervención para el logro de la igualdad sean situadas en su contexto, atendiendo la realidad histórica, cultural y material de las poblaciones a quienes va dirigida.
La interseccionalidad, como herramienta analítica, permite identificar los elementos de la discriminación múltiple, tales como la identidad sexo-genérica, la discapacidad, la edad, la ubicación geográfica y la raza, los cuales, cuanto más se suman a la condición de una persona, le refieren mayor riesgo de ser vulnerada en sus derechos o limitada en el ejercicio de los mismos, ubicando a las personas en situaciones de asimetría en el ejercicio del poder y de su autonomía.
De acuerdo con INMUJERES (s.f.), la discriminación se puede dar, por ejemplo, por ser una persona adulta mayor, por ser mujer, por pertenecer a un pueblo originario, por ser de la disidencia sexual, por tener algún tipo de discapacidad, por vivir en la pobreza económica, etc. Una sola persona puede presentar todas estas condiciones, siendo entonces víctima de la discriminación múltiple, definida así por la ONU en la Conferencia de Naciones Unidas contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y la Intolerancia, realizada en Sudáfrica en el año 2001.
Ahora bien, es importante señalar que las discusiones actuales desde campos del conocimiento como la Antropología, sustentan que la raza es una construcción social que, a lo largo de los siglos, ha clasificado a las personas atribuyéndoles características estereotipadas y dando sustento al racismo.
Raza no es una categoría biológica humana, es una construcción social basada en diversos contextos históricos, políticos, económicos y experienciales (…). La raza social existe y tiene un impacto biológico, no se puede ir en contra de la autodenominación de cada persona (blanco, negro o moreno), lo que sí es necesario es erradicar la estructura del racismo basada en sistemas de discriminación a partir la identidad. (NTCD, 2018, párr. 1 y 7)
En el mismo sentido, OXFAM (2020), sugiere más bien el término grupos racializados, para referirse a los grupos que, dado el proceso de racialización socialmente construido, son excluidos de los beneficios de los que gozan las personas blancas.
El análisis de género desde la interseccionalidad
El enfoque interseccional visibiliza las formas de discriminación simultáneas entre diversos factores sociales de la desigualdad, entre ellos la racialización, siendo las teorías feministas y el movimiento de emancipación de las mujeres afrodescendientes desde donde se adopta la categoría de interseccionalidad para sumarse a las de género y clase social, en el estudio y comprensión de las brechas de desigualdad.
Si bien la lucha de las mujeres por su emancipación tuvo importantes conquistas a lo largo de las primeras olas del feminismo, tanto las mujeres afroamericanas como las mujeres de orígenes raciales diferentes al blanco, habían manifestado que su experiencia ante la opresión, el racismo y el sexismo no fue tomada en cuenta en el movimiento de las mujeres (que era liderado por mujeres blancas), dejando de lado la discusión sobre cómo ellas se enfrentaban no sólo al machismo, sino también a otras formas de opresión derivadas de la racialización (Frías, 2022).
Con respecto a lo anterior, Crenshaw (1991) expone la necesidad de visibilizar las diferencias situacionales de las mujeres, a fin de no reducir los análisis en temas cruciales como la violencia que viven en razón de género, dado que esta es experimentada de diversas formas y magnitudes dependiendo de otras dimensiones de sus identidades, como la raza o la clase. En el mismo sentido, Crenshaw, K (1989) expuso cómo el marco legal y normativo en materia de discriminación abordaba de manera separada la discriminación sexista y la racial, lo que dejaba incompleto el análisis de la opresión vivida por las mujeres afrodescendientes al no contemplar el cruce de ambas dimensiones: el género y la raza.
La problemática descrita sustenta la necesidad de complementar la perspectiva de género con el enfoque interseccional, a fin de analizar las intersecciones de los diversos factores que generan la desigualdad entre hombres y mujeres y que dejan en desventaja a este último sector poblacional. Esto permitirá perfilar estrategias y acciones desde la sociedad civil y las instituciones gubernamentales, para la erradicación de la discriminación racial, considerando el factor de género y para el logro de la igualdad sustantiva, considerando el factor racial, entre otros. Así, organismos como la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, han incorporado la interseccionalidad en sus disposiciones, por ejemplo, de acuerdo con INMUJERES (s/f), la Recomendación General N° 25 de la CEDAW reconoce que:
Las mujeres pertenecientes a algunos grupos, además de sufrir discriminación por el hecho de ser mujeres, pueden ser objeto de múltiples formas de discriminación por otras razones, como la raza, el origen étnico, la religión, la incapacidad, la edad, la clase, la casta u otros factores. Esa discriminación puede afectar a estos grupos de mujeres principalmente, o en diferente medida o en distinta forma que a los hombres. (párr. 3)
Es fundamental reconocer la importancia de la diversidad y que no existe un solo modelo de mujer que represente a toda la población, sino que cada una y cada grupo de ellas, están situadas en diversas condiciones sociales, culturales y económicas, lo que hace necesaria la mirada multidisciplinaria que aporta la perspectiva de género interseccional, que devela los cruces del sexismo, el patriarcado, la violencia estructural y cultural que viven las mujeres en la diversidad de sus situaciones y contextos.
Conclusión
Los factores interseccionales de la desigualdad en el contexto actual
El sistema patriarcal instituye un orden social en el que las mujeres viven en condiciones de desigualdad con respecto a los hombres. Esta desigualdad se acentúa dependiendo de su pertenencia a determinado sector social: personas con algún tipo de discapacidad, comunidad sorda, población rural, disidencia sexual, afrodescendiente o pueblos originarios; nuestra sociedad convierte a dichas pertenencia en limitantes en el ejercicio de sus derechos humanos y de su autonomía. En el mismo orden de ideas, la CEPAL-UNFPA (2020) define la desigualdad como:
…una característica histórica y estructural de las sociedades latinoamericanas y caribeñas (…) se caracteriza por un complejo entramado en el que las desigualdades socioeconómicas se entrecruzan y se potencian con las desigualdades de género, étnico-raciales, territoriales y por edad, encadenándose a lo largo del ciclo de vida de las personas. (Párr. 2)
De acuerdo con la Matriz de la Desigualdad Social de América Latina, los ejes estructurales de dicha desigualdad son: nivel socioeconómico, género, raza y etnia, edad, territorio, discapacidad, estatus migratorio, orientación sexual e identidad de género; en tanto que los ámbitos de derechos en que inciden las desigualdades son: ingresos, trabajo y empleo, protección social y cuidados, educación, salud y nutrición, servicios básicos (agua, saneamiento, electricidad, vivienda, transporte y tecnologías de la información y las comunicaciones), seguridad ciudadana y vida libre de violencia, participación y toma de decisiones (CEPAL -UNFPA, 2020).
Por su parte, Frías (2022), basándose en un estudio en África Occidental del 2020, expone que “la discriminación interseccional afecta específicamente a las mujeres, en particular a las de las zonas rurales, con muy bajos ingresos y perteneciente a una minoría étnica” (p. 31). Este panorama no es muy diferente para las mujeres pertenecientes a grupos racializados en México, por ejemplo, los datos que nos proporciona Echarri (2020) son los siguientes:
- Salud
- Porcentaje de mujeres de 15 a 49 años con demanda satisfecha de métodos anticonceptivos, en 2018: Mujeres ricas que habitan en grandes ciudades: 85.7%; mujeres indígenas más pobres rurales: 68.3%.
- Salud sexual y reproductiva: 16.2% de las mujeres no tienen poder de decisión sobre su salud. Las brechas entre las indígenas y las no indígenas es de 1.2 veces.
- En cuanto a la atención a la salud, el valor de este indicador para las mujeres indígenas es 0.71 veces el de las no indígenas (11.9% y 16.6%, respectivamente).
- Educación
- En cuanto al porcentaje de mujeres de 15 a 49 años, con seis años o menos de instrucción, la baja escolaridad es 58 veces mayor entre las mujeres más ricas de las grandes ciudades que entre las indígenas más pobres que viven en localidades rurales.
- Violencia
- La violencia sexual por agresores distintos a la pareja es 2.5 veces más frecuente entre mujeres indígenas que entre las que no lo son.
- Servicios básicos
- En cuanto al porcentaje de mujeres de 15 a 49 años sin acceso a agua entubada en la vivienda, la brecha entre las indígenas y las no indígenas es de 3.2 veces. En tanto que la brecha entre las que residen en viviendas sin drenaje el valor para las mujeres indígenas representa 8.1 veces el de las no indígenas.
- Con respecto a la proporción de la población cuya fuente primaria de energía son los combustibles y tecnologías limpias, mediante el porcentaje de mujeres de 15 a 49 años, el valor para las mujeres indígenas representa 6.1 veces el de las no indígenas.
La misma fuente señala que las mujeres indígenas tienen 3.1 veces más probabilidades de tener privaciones combinadas que las no indígenas. Un ejemplo de este tipo de privaciones es la pobreza definida como “la falta de acceso a los recursos necesarios para vivir una vida digna, con frecuencia está estrechamente relacionada con muchas otras formas de privación, incluso en lo referente a la educación, la salud y el bienestar” (Echarri, 2020, p. 40).
Los estudios de género interseccionales aún tienen mucho que explorar respecto a la forma en que interaccionan la raza y el género con relación a la desigualdad social, cultural y económica.
Referencias
- CARE y ONU Mujeres (2020). Análisis rápido de género de América Latina y el Caribe. El Estado de las Mujeres y la COVID-19 en América Latina y el Caribe. https://lac.unwomen.org/sites/default/files/Field%20Office%20Americas/Documentos/Publicaciones/2020/07/CARE%20%20ONU%20Mujeres%20LAC%20BRIEF%20ESPANOL%20FINAL%20JUN%201%20%281%29.pdf
- CEPAL-UNFPA (2020). Afrodescendientes y la matriz de la desigualdad social en América Latina: retos para la inclusión. https://www.cepal.org/es/notas/sintesis-documento-afrodescendientes-la-matriz-la-desigualdad-social-america-latina-retos-la#:~:text=Las%20desigualdades%20y%20las%20brechas%20de%20bienestar%20que,actualidad%20a%20trav%C3%A9s%20de%20valores%2C%20pr%C3%A1cticas%20e%20instituciones.
- Crenshaw, K. (1989). Desmarginalizar la intersección de raza y sexo: una crítica desde el feminismo negro a la doctrina antidiscriminación, la teoría feminista y las políticas antirracistas. https://vlex.com.co/vid/desmarginalizar-interseccion-raza-sexo-935899882
- Crenshaw, K. (1991). Cartografiando los márgenes Interseccionalidad, políticas identitarias, y violencia contra las mujeres de color. https://www.uncuyo.edu.ar/transparencia/upload/crenshaw-kimberle-cartografiando-los-margenes-1.pdf
- Echarri, C. (2020). Interseccionalidad de las desigualdades de género en México. Un análisis para el seguimiento de los ODS. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/563619/Interseccionalidad_de_las_desigualdades_de_genero_en_Meexico_WEB_FINAL.pdf
- El Economista (2022). Mercado laboral: Retos y consejos para la inclusión de personas afrodescendientes. https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Mercado-laboral-Retos-y-consejos-para-la-inclusion-de-personas-afrodescendientes-20220804-0085.html
- Frías, M. (2022). La interseccionalidad de la discriminación por razones de raza, etnia y género.https://www.inclusion.gob.es/oberaxe/ficheros/documentos/R_Interseccionalidad_ES.pdf
- Grupo de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible (2021). Cuenta conmigo: Trabajando juntos por la inclusión de la discapacidad en Guatemala. https://unsdg.un.org/es/latest/blog/cuenta-conmigo-trabajando-juntos-por-la-inclusion-de-la-discapacidad-en-guatemala
- INMUJERES (s.f.). Interseccionalidad. Glosario para la igualdad. https://campusgenero.inmujeres.gob.mx/glosario/terminos/interseccionalidad
- NTCD, (2018). Raza no es una categoría biológica humana, es una construcción social. https://www.genome.gov/es/genetics-glossary/Raza#:~:text=La%20raza%20es%20una%20construcci%C3%B3n,regiones%20y%20en%20el%20mundo.
- Ortiz, G. y Medina, B. (2020). Comunidades indígenas enfrentan al Coronavirus con carencias. https://vidauniversitaria.uanl.mx/expertos/comunidades-indigenas-enfrentan-al-coronavirus-con-carencias/
- OXFAM (2020). El poder empresarial y la fractura global: la urgencia de una acción pública transformadora. https://oi-files-d8-prod.s3.eu-west-2.amazonaws.com/s3fs-public/2024-01/Davos%202024%20Report%20-%20Spanish.pdf
- Revista Voces Disonantes. (2020, 1 de octubre). La interseccionalidad [Imagen]. Recuperado de https://www.facebook.com/VocesDisonantes/photos/a.2098999956778349/3610946968916966/?type=3